El pasado 16 de octubre se publicó en el BOE la Orden IGD/980/2020, con la que se establecen los criterios para que una empresa pueda obtener el distintivo Igualdad en la Empresa 2020.
Como es habitual, los requisitos para la obtención de este distintivo son abundantes, y en esta ocasión vienen marcados por la adecuación a la normativa de género recientemente aprobada en el Congreso.
¿Qué es el distintivo de igualdad?
Según explica la propia Orden, se trata de una fórmula para reconocer que en una empresa se realizan buenas prácticas, en materia de igualdad. Refiriéndose en especial a las pymes, en donde se plantearán requisitos diferentes a las grandes empresas, para facilitar procesos de igualdad a pesar de ciertas limitaciones que pudieran tener, debido a su tamaño.
Cómo solicitar el sello de igualdad para tu empresa
El primer requisito que debes cumplir es ser una entidad que opere en territorio español, y estar inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, así como constituida en el registro público que le corresponda.
El segundo condicionante que tiene este trámite es estar al día con Hacienda y con la Seguridad Social, así como no haber sido sancionada de manera firme con infracciones graves o muy graves en materia de igualdad de oportunidades o discriminatorias en el acceso a sus bienes y servicios en los últimos tres años.
Más información
Fuentes: cincodias.elpais.com