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Actualidad Miles de autónomos también deberán cumplir las obligaciones ambientales de las grandes empresas
El próximo 26 de agosto entrará en vigor una Directiva europea que obligará a las grandes empresas a asegurarse de que todos sus proveedores, aunque sean pequeños negocios o autónomos, cumplen con determinados criterios de sostenibilidad. Los expertos aseguran que supondrá un aumento de costes.
El próximo 26 de agosto entrará en vigor la nueva Directiva europea sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. Una norma que conlleva nuevas obligaciones para las grandes empresas, pero también para las pymes, microempresas y autónomos que trabajen para ellas. Por tanto, miles de trabajadores por cuenta propia deberán comenzar, en apenas dos semanas, a adaptarse a los mismos requisitos de sostenibilidad que se exigen a las multinacionales.
Ello es debido a que muchos pequeños negocios, o autónomos con pocos asalariados, actúan como una subcontrata para las grandes empresas. Por ejemplo, actuando como proveedores o realizando determinados servicios, como la limpieza, el transporte o la distribución de sus productos. Por tanto, deberán responder y cumplir con estos requisitos, aunque no se encuentre recogido directamente en la Directiva.
A tenor de la aprobación de dicha Directiva europea, hace alrededor de tres meses, los economistas confirmaron a este diario que los pequeños negocios deberán cumplir con estas nuevas obligaciones, lo que supondrá un incremento de sus costes y gestiones burocráticas a cumplir, en un contexto donde el exceso de carga administrativa está lastrando el crecimiento de los autónomos, según diferentes estudios, como el publicado hace unas semanas por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE).
Así, el secretario técnico del Registro de Economistas Contables (EC) del Consejo General de Economistas, Jorge Capeáns, explicó a este medio que la normativa europea recoge que toda la cadena de valor de una gran empresa deberá cumplir con las nuevas obligaciones, incluyendo así a los proveedores directos e indirectos, muchos de los cuales son autónomos y pequeños negocios.
Las grandes empresas pedirán a los negocios y autónomos que trabajen para ellas información sobre su sostenibilidad
Al respecto, los economistas advirtieron que las grandes empresas podrán solicitar, desde este 26 de agosto, información relativa a la sostenibilidad de los negocios y autónomos que trabajen para ellas como proveedores. Por ello, recomendaron que “estén preparadas para responder a estas solicitudes de forma eficiente y proporcionada.”
Además, serán las pymes quienes deberán asumir los costes de adaptarse a las nuevas exigencias en sostenibilidad para las grandes empresas. De lo contrario, éstas podrían prescindir de sus servicios o decidir contratar a otro pequeño negocio, en caso de estar buscando nuevos proveedores.
Entre las medidas que tendrán que implementar los negocios que trabajen para grandes empresas, se encuentra la obligación de contar con políticas de ESG -es decir, de sostenibilidad- en sus procesos, así como realizar auditorías y e informes en el que se detallen estas cuestiones.
La Directiva se aplicará de forma directa a todas las empresas con más de 500 empleados y un volumen de negocio de 150 millones de euros, e influirá directamente en todas las partes implicadas en su cadena de valor. Esto quiere decir que, por ejemplo, una pequeña empresa de transporte que realice la distribución de los productos como subcontrata también tendrá que cumplir con estas exigencias.
¿Qué obligaciones tendrán que cumplir los pequeños negocios en materia de sostenibilidad?
Como explicaron desde la Comisión Europea, la nueva Directiva obligará a las grandes empresas -y a los autónomos que trabajan para ellas como proveedores- “a adoptar e implantar un sistema basado en el riesgo para supervisar, prevenir o reparar los perjuicios a los derechos humanos o al medioambiente”.
Asimismo, también serán las encargadas de adoptar las medidas para “prevenir, mitigar, eliminar o minimizar los efectos adversos derivados de sus propias actividades, las de sus filiales y las de sus socios comerciales en su cadena de actividades. Las empresas pueden ser consideradas responsables de los daños causados y tendrán que indemnizar íntegramente a las víctimas”, recordaron desde la Comisión.
Por tanto, las grandes empresas exigirán a sus proveedores, independientemente de su tamaño, que cumplan con las mismas obligaciones que la Directiva establece para ellas. Sin embargo, para conocer las medidas concretas de estos planes, que los pequeños negocios deberán incorporar, será necesario esperar al desarrollo normativo que se establezca en España, algo que podría ocurrir en los próximos meses.
El 90% de los pequeños negocios deberán aumentar su inversión en sostenibilidad en la próxima década
La entrada en vigor de la nueva Directiva europea en materia de sostenibilidad se ha producido en un momento en el que los negocios más pequeños están encontrando dificultades para asumir los costes derivados de la transformación ambiental. En concreto, el 90% de las empresas familiares afirman tendrán que aumentar su inversión en ESG durante esta década, según un estudio elaborado por Valora.
Fuente: autonomosyemprededor.es
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Ayudas y subvenciones AYUDAS A PERSONAS DESEMPLEADAS QUE ACCEDAN A SU EMPLEO A TRAVÉS DE LA CREACIÓN DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL O PROFESIONAL COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO EN PROYECTOS INNOVADORES (HASTA 30-09-2024)
Esta convocatoria tiene por objeto fomentar el emprendimiento en la Comunitat Valenciana mediante la concesión de subvenciones a las personas desempleadas que, reuniendo los requisitos indicados, se establezcan como trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores
Plazo hasta el 30-09-2024
¿A quien va dirigido?
Podrán solicitar estas ayudas las personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia a partir del 1 de enero de 2024 y con anterioridad a la solicitud de la subvención cumplan todos los requisitos siguientes:
a) deben contar con un Plan de empresa de la actividad a realizar, que contemple su organización, recursos necesarios, plan financiero y de inversiones y plan de viabilidad para poder llevar a cabo dicha actividad. Este requisito se acreditará mediante un informe que ha de emitir alguna de las entidades que formen parte del Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunitat Valenciana, al que habrán de adjuntar el Anexo que está disponible en la web de la ayuda en LABORA en el que se justifique claramente el cumplimiento de dichos requisitos.
b) la actividad autónoma debe tener carácter innovador. A estos efectos se considerará que tiene carácter innovador si cumple alguna de las siguientes condiciones:
- los proyectos que ofrezcan alguna novedad o mejora sobre productos o servicios existentes
- las actividades en las que se detecte una falta de oferta en el territorio donde la persona trabajadora autónoma vaya a prestar servicios
- ideas de negocio, en sectores maduros, que den respuesta a necesidades no cubiertas
Este requisito se acreditará mediante un informe que ha de emitir alguna de las entidades que formen parte del Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunitat Valenciana, al que habrán de adjuntar el Anexo que está disponible en la web de la ayuda en LABORA en el que se justifique claramente el cumplimiento de las condiciones.
c) la persona solicitante debe acreditar la siguiente formación, tanto la formación a que hace referencia el apartado c.1.) como la formación a la que hace referencia en apartado c.2.):
c.1) formación profesional oficial, bien del sistema educativo o formación profesional para el empleo o educación universitaria (grado, máster o curso de experto universitario) sobre materias que tengan relación directa con el proyecto de negocio.
c.2) y formación no inferior a 70 horas de duración en materia gerencial, de gestión comercial o financiera o de marketing digital, bien por haber recibido formación sobre dichas materias o bien porque la formación que se posea en relación al apartado c.1.) ya la incluya, según lo siguiente:
- En caso de acreditar formación profesional oficial, la titulación acreditada deberá incluir al menos 70 horas de duración en dichas materias.
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