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Hacienda puede sancionar a los autónomos que no usen correctamente Bizum en sus negocios

Hacienda puede sancionar a los autónomos que no usen correctamente Bizum en sus negocios

En los últimos años, el uso de Bizum como método de pago en los comercios ha crecido considerablemente. No obstante, es importante que los autónomos conozcan los límites de transacciones permitidas por la Agencia Tributaria.

En el año 2016 surgió la aplicación de pago Bizum, que permite a los usuarios enviar y recibir dinero de manera instantánea lo que ha simplificado no sólo las transferencias sino también los pagos. Desde entonces y poco a poco se ha consolidado como una de las aplicaciones más utilizadas en muchos comercios y en negocios de diversa índole. Sin embargo, es importante tener en cuenta que, al ser realmente una transferencia bancaria, las transacciones realizadas a través de Bizum están sujetas a regulaciones fiscales.

Bizum está creciendo porque es sistema de pago que representa una alternativa ágil y fácil para que los autónomos reciban pagos de sus clientes de manera segura y que incluso ellos realicen pagos a terceros, como alternativa puntual a los métodos convencionales como las terminales de puntos de venta (TPV), comúnmente conocidos como datáfonos, o los pagos en efectivo.

A pesar de las ventajas que ofrece la aplicación para los trabajadores autónomos que la han adoptado recientemente, esta opción sigue siendo novedosa, lo que conlleva la aparición de dudas frecuentes. Por lo tanto, es esencial ser cauteloso al utilizar la aplicación al momento de presentar la Declaración de la Renta.

Los autónomos deben declarar a Hacienda sus ingresos recibidos por Bizum
Un mito que ha surgido tras la llegada de Bizum es la idea errónea de que solo es necesario declarar ingresos que superen una cantidad concreta. Lo primero que hay que tener en cuenta es que Bizum es un método de transferir dinero como otro cualquiera, por ello los autónomos deben declarar los ingresos o pagos que realicen a través de el, independientemente de su cantidad. Por ejemplo, “si es un pago por un servicio, se considera un rendimiento de la actividad económica. Por otro lado, si es un pago de alquiler, se cataloga como un rendimiento relacionado con el capital inmobiliario. Pero siempre se debe declarar” afirman desde la Agencia Tributaria.

Por lo tanto, todas las transacciones a través de Bizum se interpretan como transferencias bancarias y pueden estar sujetas a una posible revisión por parte de la Agencia Tributaria.

La Agencia Tributaria posee la autoridad para requerir a las entidades financieras cualquier documentación relevante en relación con las cuentas del autónomo, lo que es crucial para el control tributario. Esto incluye información detallada sobre transferencias específicas emitidas o recibidas por un cliente, permitiendo conocer el origen y destino de esos fondos.

Además, anualmente, Hacienda recibe información de las entidades financieras sobre los pagos realizados por sus clientes con tarjeta, así como sobre las transferencias.

Multas a los autónomos si no declaran el dinero enviado o recibido a través de Bizum
Conforme a la Ley General Tributaria, conocida como Ley 58/2003, las entidades bancarias tienen la obligación de proporcionar a la Administración tributaria todos los datos, informes, registros y documentos de relevancia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones fiscales o derivados de sus transacciones económicas, profesionales o financieras con terceros.

Según lo estipulado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el límite para informar a Hacienda sobre una transferencia es de 10.000 euros. En situaciones en las que una transferencia exceda esta cantidad, es necesario efectuar la declaración antes de llevar a cabo el pago utilizando el formulario de pago S-1. Aquellos que no cumplan con este requisito pueden enfrentar sanciones que oscilan entre 600 euros y el 50% del importe transferido. Por ejemplo, una transferencia de 10.000 euros podría resultar en una multa de 5.000 euros.


Así, la Agencia Tributaria, el Banco de España, y las instituciones bancarias, entre otros, se encargan de vigilar todas las transferencias de dinero, ya sea a través de transacciones bancarias o mediante sistemas de pago digitales como Bizum.

Fuente:autonomosyemprendedor.es

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