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La LEY 1/2025, DE 1 DE ABRIL, DE PREVENCIÓN DE LAS PÉRDIDAS Y EL DESPERDICIO ALIMENTARIO

La LEY 1/2025, DE 1 DE ABRIL, DE PREVENCIÓN DE LAS PÉRDIDAS Y EL DESPERDICIO ALIMENTARIO

La Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, tiene como objetivo principal reducir las pérdidas y el desperdicio de alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria en España

La Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, tiene como objetivo principal reducir las pérdidas y el desperdicio de alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria en España. A continuación, se presenta un resumen claro, sencillo y práctico de los puntos más relevantes de la ley para informar

1. Objetivo y Ámbito de Aplicación:
o La ley busca prevenir y reducir las pérdidas y el desperdicio de alimentos en todas las etapas de la cadena alimentaria, desde la producción hasta el consumo final.
o Se aplica a todos los agentes de la cadena alimentaria, incluyendo productores, transformadores, distribuidores, minoristas, hostelería y restauración, así como entidades de distribución de alimentos donados y administraciones públicas [BOE-A-2025-6597].

2. Obligaciones Generales:
o Todos los agentes deben aplicar una jerarquía de prioridades para gestionar los alimentos no vendidos: primero, prevenir la generación de excedentes; segundo, donar los alimentos aptos para el consumo humano; tercero, destinar los alimentos a la alimentación animal o a la fabricación de piensos; y, finalmente, reciclar los residuos alimentarios [BOE-A-2025-6597].
o Los supermercados deben disponer de un plan de prevención y reducción del desperdicio alimentario y promover acuerdos para donar los excedentes a entidades sociales [BOE-A-2025-6597].

3. Donación de Alimentos:
o Los supermercados deben fomentar la donación de alimentos no vendidos pero aptos para el consumo humano a entidades de iniciativa social y bancos de alimentos.
o Los acuerdos de donación deben incluir condiciones claras sobre la recogida, transporte y almacenamiento de los productos donados [BOE-A-2025-6597].

4. Medidas Específicas para Supermercados:
o Los supermercados deben informar a los consumidores sobre la posibilidad de llevarse los alimentos no consumidos y utilizar envases adecuados para este fin.
o Se deben implementar campañas de sensibilización y formación para reducir el desperdicio alimentario entre los empleados y consumidores [BOE-A-2025-6597].

5. Régimen Sancionador:
o La ley establece un régimen sancionador para las infracciones relacionadas con el desperdicio alimentario, clasificándolas en leves, graves y muy graves, con multas que pueden llegar hasta los 500.000 euros [BOE-A-2025-6597].

6. Incentivos y Fomento de Buenas Prácticas:
o Las administraciones públicas aplicarán medidas que incentiven la implementación de buenas prácticas para reducir el desperdicio alimentario.
o Se fomentará la autorregulación y la colaboración entre los diferentes agentes de la cadena alimentaria [BOE-A-2025-6597].

Este resumen proporciona una visión general de las obligaciones y medidas que deben adoptar para cumplir con la Ley 1/2025 y contribuir a la reducción del desperdicio alimentario en España.

La Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, entrará en vigor el 3 de abril de 2025. A partir de esta fecha, todos los agentes de la cadena alimentaria deberán cumplir con las obligaciones establecidas en la ley 1.
En cuanto a los plazos para cumplir con las obligaciones, la ley no especifica un plazo único para todas las obligaciones, sino que establece diferentes plazos y requisitos según el tipo de obligación. Por ejemplo, los supermercados deberán disponer de un plan de prevención y reducción del desperdicio alimentario y promover acuerdos para donar los excedentes a entidades sociales desde la entrada en vigor de la ley 1.

Es importante que los agentes de la cadena alimentaria revisen detalladamente la ley y sus disposiciones específicas para asegurarse de cumplir con todas las obligaciones en los plazos establecidos.

Más información consultar documento adjunto (BOE-A-2025-6597)

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