La nueva normativa del Ministerio de Trabajo obliga a las empresas a registrar el horario de entrada y salida de sus trabajadores. Esta ley deben cumplirla todas las pymes, librándose de ella los autónomos y las cooperativas, como se explica en este artículo
El límite para adecuarse a este nuevo escenario expiró el pasado mes de mayo, por lo que ya deberían tener en funcionamiento un sistema para aplicar esta norma. De hecho, desde la inspección de trabajo han dejado claro que el registro horario "ha venido para quedarse" y que "no se harán excepciones según el tamaño ni la tipología de las empresas". Por el momento, eso sí, no se están emitiendo sanciones, aunque este gesto de "cortesía" no se prolongará mucho más en el tiempo.
Son palabras del director territorial jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, Javier Cerrolaza, durante un encuentro con empresarios del sector hostelero.
El real decreto de registro de jornada supone para Cerrolaza "una obligación instrumental", y no un objetivo inspector en sí mismo. La finalidad del registro horario para él no es otra que "comprobar que las horas extras que realizan los trabajadores se cotizan y se compensan".
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Fuentes: cincodias.elpais.com