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Ayudas y subvenciones (Ver todo)
 AYUDAS DIRECTAS A LA RENOVACIÓN DE HOSTELERIA (Del 05 de agosto hasta el 30 septiembre de 2026)

AYUDAS DIRECTAS A LA RENOVACIÓN DE HOSTELERIA (Del 05 de agosto hasta el 30 septiembre de 2026)


Real Decreto 638/2026, que regula la concesión directa de ayudas para la renovación de equipamiento en el sector hostelero en España:

Objeto y finalidad
• Impulsar un plan de choque urgente de eficiencia energética.
• Sustituir maquinaria industrial o electrodomésticos por otros de menor consumo.
• Renovar terminales de climatización, toldos y sombrillas.
• Exclusión: No se financian equipos que utilicen combustibles fósiles (ej. gas natural).


Cuantía y presupuesto
• Presupuesto total de 15 millones de euros (1M€ en 2026 y 14M€ en 2027).
• Subvención mínima de 5.000 euros por establecimiento.
• Subvención máxima de 11.000 euros por establecimiento.
• Intensidad de la ayuda de hasta el 100% del coste elegible.

Plazos clave
• Solicitudes: Desde el 5 de agosto de 2026 (10:00h) hasta el 30 de septiembre de 2026 (15:00h).
• Cierre anticipado: Si se agota el crédito antes de la fecha límite.
• Retroactividad: Se admiten gastos realizados desde el 1 de marzo de 2026.
• Ejecución: El plazo general es de un mes desde la notificación de la concesión.

Beneficiarios
• Personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles.
• Deben ser titulares de establecimientos hosteleros en España.
• Actividades admitidas: CNAE grupo 55 (alojamiento) y grupo 56 (comidas y bebidas).
• Exclusión: Autónomos que actúen como familiares colaboradores del titular.

Concesión y justificación
• Concesión directa por orden de presentación de solicitudes completas.
• Tramitación 100% electrónica a través del Portal de Ayudas del Ministerio.
• Se exige memoria descriptiva y justificación del ahorro (comparando etiquetas energéticas o mediante informe pericial).
• Admite como gastos elegibles la inversión, instalación, gestión de residuos, honorarios técnicos y costes de tramitación.


La inversión mínima por establecimiento tiene que ser de 5.000 euros sin IVA.

Más información

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