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Ayudas y subvenciones (Ver todo)
Ayudas extraordinarias urgentes a personas trabajadoras que se hayan acogido a la reducción de jornada por conciliación (solicitud de 14 de mayo al 3 de junio de 2020)

Ayudas extraordinarias urgentes a personas trabajadoras que se hayan acogido a la reducción de jornada por conciliación (solicitud de 14 de mayo al 3 de junio de 2020)

La concesión de ayudas a las personas trabajadoras por cuenta ajena de la Comunitat Valenciana, recogidas en el Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, para compensar la disminución de ingresos derivada de haberse acogido a las reducciones de jornada laboral establecidas en el artículo 6 del Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente el impacto económico y social de la Covid-19.

¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes

Las personas trabajadoras por cuenta ajena de la Comunitat Valenciana, recogidas en el Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, para compensar la disminución de ingresos derivada de haberse acogido a las reducciones de jornada laboral establecidas durante el estado de alarma.

Requisitos

1. Podrán ser beneficiarias las personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Figurar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
b) Haberse acogido a la reducción de jornada durante el período del estado de alarma en un porcentaje igual o superior al 50%, y haber mantenido esa reducción durante al menos un mes a fecha de apertura del plazo de presentación de estas solicitudes de ayuda.
c) Tener el domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas trabajadoras en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, sense perjudici de les excepcionalitats previstes pel Decret llei 3/2020, de 10 d'abril.

Inicio
Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
La cuantía de la ayuda individualizada para las personas trabajadoras que se hayan visto obligadas a reducir su jornada como consecuencia del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, ascenderá a
600 euros si la reducción de jornada es de entre el 81 % el 100 % de la jornada
450 euros si la reducción es de entre el 61 % y el 80 % de la jornada
300 euros si la reducción es de entre el 50 % y el 60 % de la jornada.

PAGO:

El pago de las ayudas se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por las personas beneficiarias las mismas. El importe de la ayuda se librará de una sola vez.

Inicio
¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. DOGV, (núm 8810 de 13 de mayo de 2020)

El plazo de presentación de solicitudes es desde el día 14 de mayo al 3 de junio de 2020 ambos incluidos.

Más información

Fuente: gva.es

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