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Ayudas y subvenciones (Ver todo)
Programa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida inicial de colectivos vulnerables ( Plazo solicitud hasta 31 de julio 2021)

Programa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida inicial de colectivos vulnerables ( Plazo solicitud hasta 31 de julio 2021)

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat
Valenciana,la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a alguno
de los siguientes colectivos vulnerables: a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública. b) Personas desempleadas de larga duración c) Personas mayores de 50 años.
d) Personas con diversidad funcional

Interesados / Solicitantes

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

REQUISITOS DE LAS CONTRATACIONES:

* La contratación deberá efectuarse con posterioridad a la publicación del extracto de la presente convocatoria de
subvenciones para el ejercicio 2021.
* La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las
personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato, o su
mantenimiento cuando el puesto hubiera quedado vacante a raíz de la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte,
jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona
trabajadora.

EXCLUSIONES:
Quedan excluidos de este programa los siguientes supuestos:
* Contratos que tengan un periodo de prueba igual o superior a 2 meses; los contratos fijos discontinuos y los contratos
de servicio del hogar familiar.
* Contratos a tiempo parcial, salvo en el caso de las personas con diversidad funcional severa cuya jornada podrá ser
de al menos 15 horas semanales.
* Personas trabajadoras que hubieran finalizado su relación laboral con la entidad empleadora en los seis meses previos
a la contratación.
* Contrataciones realizadas por empresas de trabajo temporal para la puesta a disposición de la persona trabajadora en
empresas usuarias en las que prestarán sus servicios.
* Contrataciones realizadas por empresas que hubieran sido excluidas como beneficiarias de programas de empleo.
* Contrataciones realizadas por empleadores sancionados en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud
por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales o Seguridad Social.
* Relaciones laborales de carácter especial del artículo 2.1 del Estatuto de los Trabajadores.
* Contrataciones en que la entidad empleadora o los cargos directivos o miembros de los órganos de administración
de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad o de las entidades privadas sin ánimo de lucro, mantengan
con la persona trabajadora contratada una relación de cónyuge, ascendiente, descendiente o demás parientes, por
consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, y sus análogas en el caso de las parejas de hecho.

CUANTÍA DE LA AYUDA / Procedimiento de cobro

El importe de la subvención será 23.940 euros.
Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el
importe será de 25.270 euros.
Si en la persona contratada concurre la condición de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad
funcional severa el importe será de 26.600 euros.
Los contratos a jornada parcial de las personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción
proporcional de la cuantía de la ayuda (contratos de al menos 15 horas semanales).
La liquidación de las ayudas se efectuará una vez justificadas las condiciones establecidas, librándose de una sola vez el
importe de la ayuda concedida. No obstante, dichas ayudas quedan condicionadas a la existencia de crédito suficiente.

PLAZO SOLICITUD

Inicio al día siguiente de la publicación del extracto de esta Resolución en DOGV Núm 9000 de 19 de enero de 2021
y finalizará el 31 de julio de 2021.
Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la
contratación objeto de la subvención.

Más información

Fuente: gva.es

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