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Ayudas y subvenciones (Ver todo)
Subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Plazo ABIERTO desde el 27/01/2026 hasta el 02/06/2026

El número máximo de contrataciones subvencionables por entidad beneficiaria será de dos.

Esta convocatoria tiene por objeto conceder subvenciones para fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas jóvenes desempleadas mayores de 16 años que, contando con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil .

Beneficiarias

Las entidades empleadoras de naturaleza jurídica privada, incluidas las personas encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana


Requisitos

1. Que la persona contratada por la que se solicita la subvención cumpla los siguientes requisitos:

A) que haya permanecido desempleada a inscrita como demandante de empleo en LABORA durante un período de al menos tres meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a su contratación. Las personas que se encuentren en periodos de inactividad de contratos fijos-discontinuos no tendrán la consideración de desempleadas. sólo tendrán esta consideración si el contrato fijo-discontinuo se ha extinguido.

B) que figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

C) y que cuente con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo. Se entenderá que la persona joven cuenta con una cualificación profesional cuando se encuentre en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

a) Licenciatura o Diplomatura universitaria, Ingeniería Superior o Técnica, Arquitectura o Arquitectura Técnica.

b) Grado universitario.

c) Estudios de Postgrado universitario (no se admitirán los títulos propios universitarios).

d) Doctorado.

e) Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional Reglada, de la formación profesional específica. Se excluye la Formación Profesional Básica

f) Certificado de profesionalidad.

Más información:

Más información

ORDEN 12/2024, de 20 de mayo, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para fomentar la contratación de personas desempleadas en la Comunitat Valenciana DOGV núm. 9856 de 24-04-2024



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