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Ayudas y subvenciones (Ver todo)
Tercera convocatoria para las ayudas de kit digital

Tercera convocatoria para las ayudas de kit digital

Las solicitudes podrán enviarse a partir del 20 de octubre

La tercera convocatoria de las ayudas del programa Kit Digital ya están en marcha. El Boletín Oficial del Estado ya ha publicado la convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 20 de octubre y se podrá formalizar a través de la sede electrónica de Red.es.

Las ayudas van destinadas a las pequeñas y medianas empresas de entre 0 y 3 trabajadores que quieran digitalizarse.

Las empresas podrán optar a ayudas de 2.000 euros. Con ellas podrán adquirir soluciones de digitalización para las áreas clave de su negocio como puede ser tener presencia en internet, diseñar una página web, gestionar las redes sociales, el comercio electrónico, gestionar los clientes, ofrecer servicios y herramientas de oficina virtual, implementar la inteligencia empresarial y la analítica, gestionar los procesos, la factura electrónica, las comunicaciones seguras o conseguir una presencia avanzada en internet y un marketplace.

Para solicitar el kit digital las empresas solo tendrán que registrarse en el área privada del portal Acelera Pyme y completar el test de autodiagnóstico sobre la situación de su empresa. A continuación, podrán consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital. En este paso podrán elegir entre las soluciones que aparecen en el catálogo. Por último, tendrán que solicitar la ayuda a través de la sede electrónica de Red.es.

29.000 ayudas concedidas

A continuación, se procederá a comprobar si la empresa cumple los requisitos para beneficiarse del bono digital. Cabe recordar que la pyme tendrá que seleccionar o uno o varios agentes digitalizadores con los que desarrollará las soluciones de digitalización para el negocio. Una vez lo haya hecho, tendrá que suscribir con ellos los acuerdos de prestación de soluciones de digitalización.

Las ayudas se otorgan por orden de llegada. Con el fin de facilitar el acceso a las mismas se ha habilitado la figura del representante voluntario, esto quiere decir, que cualquier tercera persona puede presentar la solicitud en nombre del empresario.

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Fuente: cincodias.elpais.com

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